Cuando la violencia se nombra al revés

La tergiversación del concepto de violencia vicaria y el riesgo de revictimizar a las madres protectoras

En los últimos tiempos, el uso incorrecto de ciertos conceptos clave en materia de derechos humanos y violencia de género comienza a encender señales de alarma. Uno de ellos es el de violencia vicaria, una categoría creada para visibilizar una de las formas más crueles de la violencia machista y que hoy, en algunos informes y decisiones institucionales, está siendo aplicada de manera invertida y peligrosa.

La violencia vicaria no es un conflicto parental, no es una disputa simétrica entre adultos ni una etiqueta que pueda asignarse indistintamente a cualquiera de los progenitores. Tal como fue conceptualizada en 2012 por la psicóloga española Sonia Vaccaro, se trata de una forma específica de violencia de género en la que el agresor daña o amenaza a los hijos con el objetivo de destruir emocionalmente a la madre. Los niños y niñas son instrumentalizados como objetos de castigo y control.

Vaccaro ha sido clara y contundente: la violencia vicaria es “la forma más terrible de violencia machista”, porque el agresor sabe que no hay mayor dolor para una madre que el sufrimiento de sus hijos. En este esquema, los roles están definidos con precisión: existe un agresor, existen víctimas directas —los niños y niñas— y existe una víctima indirecta, que es la madre.

Por eso resulta especialmente grave que este concepto sea utilizado para señalar a una madre protectora como responsable de una violencia que, por definición, no encuadra en su accionar. Cuando el lenguaje se distorsiona, las responsabilidades se diluyen. Y cuando los roles se invierten, las víctimas pasan a ser sospechosas mientras los agresores encuentran legitimación institucional.

En Argentina, incluso, esta conceptualización fue recogida en el proyecto de ley presentado en 2021 por la diputada Mónica Macha, que propone incorporar la violencia vicaria como una modalidad específica dentro de la Ley 26.485 de Violencia contra las Mujeres. El texto es explícito: se trata de violencia ejercida contra la mujer a través de terceros, especialmente sus hijas e hijos. No es una categoría neutral ni intercambiable.

Organizaciones feministas y redes de refugios de toda América Latina advierten, además, que la violencia vicaria mal entendida, negada o tergiversada suele ser el preludio del femicidio vicario, la expresión más extrema de esta violencia, que incluye el asesinato de hijos e hijas como forma de castigo hacia la madre.

En este contexto, aplicar la noción de violencia vicaria contra una madre que protege no solo carece de sustento técnico, sino que constituye una forma de violencia institucional. Una violencia que desprotege a los niños, revictimiza a las mujeres y vacía de contenido una categoría construida a partir del dolor real de miles de familias.

Nombrar bien no es un detalle académico. Nombrar bien es una forma de protección. Y cuando las palabras se usan para encubrir la violencia en lugar de exponerla, el silencio deja de ser neutral y se vuelve cómplice.

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