Search
Close this search box.
Search
Close this search box.

Santa Fe: Es ley la reforma del Código Procesal Penal: más facultades a la Policía y mayor plazo para formalizar preventivas

La Legislatura aprobó este miércoles, casi al unísono en Senado y Diputados, modificaciones al sistema que rige desde hace más de una década. Para el gobierno, que tiene mayoría en ambas cámaras, “es clave para la lucha contra la inseguridad y el narcotráfico”. A tono con los tiempos, es una contrarreforma que recorta garantías individuales, denunció el Inecip, impulsor hace 15 años del cambio del sistema inquisitivo al acusatorio

Casi al unísono, Senadores y Diputados votaron la reforma al Código Procesal Penal de la provincia, que data de 2007 pero que entró en plena vigencia el 10 de febrero de 2014, hace una década. Son 48 artículos que fueron modificados, sobre un total de 460, lo que marca la envergadura de los cambios pedidos por el Ejecutivo y avalados por amplísima mayoría. En general, la reforma apunta a dotar de mayor poder a fiscales y policías, lo que desde algunos sectores califican como una verdadera contrarreforma de dudosa constitucionalidad que avanza sobre las libertades individuales.

“Este nuevo Código permite el uso de las figuras y procedimientos aprobados en esta Cámara y solicitadas por el gobernador Maximiliano Pullaro, para hacer frente a uno de los mayores problemas de los santafesinos: la inseguridad”, afirmó el diputado oficialista Dionisio Scarpin, y de inmediato abundó: “Era necesario adaptar las normas procesales a las leyes solicitadas por el gobernador, y aprobadas en la Legislatura, para enfrentar la inseguridad y el narcotráfico”.

Entre las modificaciones más importantes el diputado provincial se refirió al cese del estado antijurídico. Al respecto detalló: “Significa que los inmuebles o terrenos usurpados deben ser restituidos inmediatamente a sus propietarios. Además, en el caso de un auto o moto robadas, ni bien se encuentran deben ser entregadas a sus dueños”, detalló.

Con relación a los plazos de prisión preventiva, Dionisio Scarpin indicó: “Pasaron de 48 a 96 horas, es decir que se duplicaron y se pueden prorrogar por la misma cantidad de días. Pero para los delitos complejos, generalmente asociados al narcotráfico, se extendió a 15 días y se pueden prorrogar por otros 15 días más para darle más tiempo a la justicia en la investigación”.

En tanto, con relación a las técnicas especiales de investigación aportadas por la Ley de Inteligencia, que se aprobó a finales de diciembre del año pasado, el nuevo Código establece que deben ser solicitadas al juez. Al respecto el diputado provincial señaló: “Las nuevas medidas especiales son: el agente encubierto, el agente revelador, el informante y la entrega vigilada. A partir de esta incorporación, las pruebas recolectadas por estas nuevas figuras son válidas y pueden ser utilizadas, por ejemplo, en los delitos relacionados al narcotráfico”.

Asimismo, otra modificación relevante es el rol que se le otorga al querellante en las audiencias imputativas, quien podrá participar de la misma, ser escuchado, realizar preguntas al imputado y dirigirse o peticionar al Tribunal. “Esto permite a las víctimas tener una participación activa en el proceso penal y solicitar pruebas o aportarlas”, detalló el legislador provincial.

Además, a partir de las reformas realizadas al Código Procesal Penal, los juicios abreviados se podrán solicitar en cualquier momento de la investigación penal preparatoria. “Esta solicitud debe ser de manera conjunta entre el fiscal y el imputado con su defensa, y en el caso en que la víctima se haya constituído como querellante deberá manifestar su conformidad con este pedido”, afirmó Dionisio Scarpin.

Críticas del Inecip

El Inecip (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales) fue impulsor del cambio del sistema inquisitivo al acusatorio. Ahora critica las reformas impulsadas por Pullaro: “El mismo gobierno provincial que reclama la implementación en la Justicia federal de Rosario de un Código Procesal Penal Federal que establece la oralidad plena y plazos breves para agilizar la justicia; impulsa a nivel provincial una reforma en un sentido exactamente opuesto”.

Para el Inecip, “los puntos más problemáticos del proyecto del Gobierno provincial son dos : la escrituración de la investigación, eliminando audiencias y la extensión de los plazos para el control judicial de las detenciones. No es casual que ni siquiera el Ministerio Público de la Acusación se haya mostrado favorable a un proyecto que, supuestamente, viene a facilitar su actividad”.
Escriturar la investigación, añade la ONG, “sólo generará más burocratización”.

Para el Inecip “el proyecto busca limitar la oralidad en la investigación, eliminando la audiencia de formalización de cargos (art. 274) y las audiencias en las que “no existan controversias” (art. 127). La experiencia de otras provincias evidencia que cuando las audiencias dejan de ser obligatorias y se convierten en “optativas”, el sistema termina forzando a las partes a no realizarlas. Y un sistema sin audiencias es un sistema poco transparente, más lento y con menor participación de las víctimas. Es falso que esto acelera los tiempos: la experiencia de los pocos sistemas escritos vigentes demuestra que sólo haciendo audiencias es posible tener una justicia más rápida. Pero, principalmente, eliminar la oralidad afecta el derecho de la ciudadanía y de los medios de comunicación a controlar los procesos judiciales, facilitando la arbitrariedad y hasta la corrupción judicial, en una provincia con graves antecedentes de protección ilegal.

La segunda crítica apunta a la extensión de los plazos de revisión judicial de las detenciones, “lo que promoverá la ineficiencia” Es que “la cantidad de personas privadas de la libertad en Santa Fe se duplicó en la última década. De más está decir que la inseguridad, lejos de resolverse, sólo se agravó. El problema no es la ‘cantidad’ de detenidos, sino la ‘calidad’. No es ‘cuántos’, sino ‘quiénes’”.

Es que para el Inecip “la política de detención masiva de los eslabones más bajos de la cadena criminal ya mostró su fracaso. Profundizar esa política es profundizar el error. Reducir el control judicial sobre las detenciones, extendiendo ese plazo a más de 30 días para casos “complejos” y 8 días para casos “comunes” (art. 214) promueve el abuso de poder policial, avala el uso arbitrario y eventualmente corrupto de las detenciones, y desincentiva la realización de investigaciones complejas”.

Fuente: El Ciudadano

 

Compartir