En el marco del 52º Aniversario de dicha gesta, la concejal Evelyn Casa presentó un proyecto repudiando la absolución de los 17 imputados en la causa, y promoviendo el acompañamiento institucional del Concejo a víctimas y familiares, en esta etapa de apelación.
El pasado 16 de marzo se conmemoró el 52º Aniversario de “El Villazo”, aquel levantamiento obrero metalúrgico en nuestra ciudad de 1974. Esa huelga y movilización masiva por los derechos laborales y de representación, sufrió su posterior represión ilegal en el marco del “Operativo Serpiente Roja del Paraná”, en marzo de 1975 arrojando un centenar de detenidos ilegales, torturas, asesinatos y desaparecidos.
Durante 2025, 50 años después del sangriento operativo y ensayo de la posterior dictadura que sufrió nuestro país, llegaba el proceso judicial que buscaba reparación histórica y justicia, y que se trataba del primer caso en Santa Fe que buscaba comprobar la responsabilidad y complicidad empresaria con la represión ilegal.
En noviembre de 2025, el Tribunal Oral Criminal Federal N°1 de Rosario, determinó la absolución de los 17 imputados en la causa “El Villazo”, en la que se juzgaron los secuestros y homicidios de trabajadores y vecinos durante la represión de 1975 en nuestra ciudad.
Apelación y acompañamiento
“En la Sentencia N° 114/2025 del 6 de febrero de 2026, se realizan afirmaciones textuales como ‘herramientas necesarias para enfrentar la lucha antisubversiva’, adoptando la terminología genocida. Esta vía recursiva se erige en desagravio a las víctimas, colocándolas en lugar de victimarias para producir un efecto revictimizante, y en contradicción al deseo de justicia. Los fundamentos de la sentencia en cuestión, se posiciona en contra de toda la jurisprudencia construida en todos los últimos años en los procesos de ‘Memoria, Verdad y Justicia’”, destacó la edil.
Y cerró: “Acompañamos esta nueva instancia de apelación del proceso judicial, en pos del deseo de justicia y reparación histórica. Tomamos la cita que aparece en el recurso de casación, que recuerda que ‘La división de poderes fue concebida como un remedio preventivo para controlar el abuso de poder y, por consiguiente, proteger los derechos individuales. En la noción de abuso de poder político se implican distintas dimensiones, dado que el poder comete abusos cuando excede los límites que le han sido prescriptos; cuando realiza actos no autorizados; cuando se impone arbitrariamente a la voluntad de los administrados, y cuando actúa por interés propio o privado y no por interés público.’ Esta cita es parte del fallo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dicta el 14 de junio de 2005, en el marco del “Caso Simón”, en la que el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y de Punto Final.”